CESION DE ACCIONES. TELEVISION PARA ABONADOS. TRACEL SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 04/08/2004
Publicación: 10/08/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 271
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), por la cual la empresa "TRACEL S.A." solicita la 
autorización para la cesión de la totalidad de las acciones a favor de 
los señores Alex Pereyra Formoso y Jorge Pippo en una proporción de 50% 
cada uno.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de 
julio de 1993, se autorizó a "TRACEL S.A." integrada por los accionistas 
Ruperto María Ortega Suárez y Jesús Justino Benítez Costa, a suministrar 
el servicio de televisión por cable en las ciudades de Tacuarembó y Paso 
de los Toros del departamento de Tacuarembó.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 487/995 de 25 de abril de 
1995, se autorizó la cesión y transferencia de acciones del señor Ruperto 
María Ortega Suárez a favor del señor Winston Roosevelt Cardozo Benitez, 
quedando por lo tanto integrada dicha empresa por los señores Winston 
Roosevelt Cardozo Benítez y Jesús Justino Benítez Costa.-

III) que por Contrato de Compraventa de acciones de 17 de julio de 1997, 
los señores Winston Roosevelt Cardozo Benítez y Jesús Justino Benítez 
Costa, cedieron las acciones a la empresa "GRAFILCO S.A.", procediéndose 
al endoso y entrega de las mismas a favor de la adquiriente.-

IV) que por testimonio notarial de una acción de la sociedad "TRACEL 
S.A.", surge que con fecha 17 de julio de 1997, se endosa y entrega dicha 
acción a "GRAFILCO S.A." o a su orden y simultáneamente "GRAFILCO S.A." 
endosa la acción a favor del señor Jorge Pippo Katzbach.-

V) que con fecha 9 de mayo de 2000, se inscribió en el Libro de Registro 
de Acciones, la transferencia de la totalidad del capital integrado de la 
sociedad GRAFILCO S.A., a favor de los señores Jorge Pippo Katzbach y 
Alex Pereyra Formoso en la proporción de un 50% a cada uno.-

CONSIDERANDO: I) que por la Resolución 076 de 11 de marzo de 2004, la 
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), en uso de las 
atribuciones delegadas por la Resolución del Poder Ejecutivo 1.393/003 de 
2 de octubre de 2003 dispuso la aplicación de las sanciones 
correspondientes, a las personas jurídicas y físicas responsables, por 
operar transferencias de acciones sin contar con la debida 
autorización.-

II) que los actos jurídicos de cesión de acciones de "TRACEL S.A.", 
fueron efectivamente realizados, habiéndose desvinculado de la misma, 
quienes fueron oportunamente autorizados como titulares de las acciones, 
por lo que la Administración no puede desconocer ese hecho, y denegar sin 
más trámite las solicitudes de regularización de transferencias de 
acciones efectuadas, por lo que corresponde acceder a la regularización 
de la situación, en lo referente a la titularidad actual de las acciones, 
sin perjuicio de la imposición de sanciones pecuniarias.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de 21 de febrero de 2001, a lo dispuesto por el artículo 18 del Decreto 
349/990 de 7 de agosto de 1990 y a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la 
misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Apruébase la cesión de la totalidad de las acciones de la empresa 
"TRACEL S.A.", a favor de los señores Alex Pereyra Formoso y Jorge Pippo 
Katzbach en una proporción de 50% de la totalidad de las acciones a cada 
uno.-
Referencias al numeral

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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