Exonérase en forma total a la empresa Opalina S.A. de todo recargo,
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional":
- Una (1) planta completa de atomización para la fabricación de
detergentes y jabón en polvo, con preparación discontinua de slurry y
aparatos auxiliares.