ANULACION DEL LA RESOLUCION 464/017 DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS, POR EL CUAL SE DECRETO SUMARIO A LA FUNCIONARIA MARIA LIDIA ACEVEDO




Promulgación: 13/12/2019
Publicación: 23/12/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: los recursos de revocación y de anulación en subsidio, interpuestos por la funcionaria de la Administración Nacional de Correos Sra, María Lidia Acevedo, contra la Resolución N° 464/2017 del Directorio de la Administración Nacional de Correos, de 19 de octubre de 2017;

   RESULTANDO: I) que por el referido acto se le decretó la apertura de sumario administrativo;

   II) que desde el punto de vista formal, los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma;

   III) que la Sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo N° 341 de fecha 18 de mayo de 2017, anuló la Resolución por la cual se había impuesto sanción a la recurrente;

   IV) que dicha Sentencia expresó "En consecuencia el Tribunal procede a anular la decisión enjuiciada por razones ajenas al mérito, sin impedir que la Administración demandada pueda recomponer su actuación asegurando las garantías del debido procedimiento";

   V) que el Directorio de la Administración Nacional de Correos, mediante el dictado de la Resolución N° 565/2017 de 6 de diciembre de 2017 se dispuso rechazar el recurso de revocación y franquear las actuaciones ante el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Industria, Energía y Minería a efectos de resolver el recurso de anulación interpuesto en subsidio;

   CONSIDERANDO: I) que surgen del expediente los agravios expresados por la recurrente; 

   II) que tanto la Fiscalía de Gobierno como la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República, consideran que se debe hacer lugar al recurso de anulación interpuesto, en el entendido de que no corresponde iniciar un nuevo sumario administrativo, sino recomponer la situación en el sumario originalmente planteado desde el momento en que se incumplió con las garantías del debido procedimiento a criterio del Tribunal de lo Contencioso Administrativo;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 317 de la Constitución de la República, por el artículo 4 de la Ley N° 15.869 de fecha 22 de junio de 1987, por el artículo 5 de la Carta Orgánica de Administración Nacional de Correos aprobada por el artículo 747 de la Ley N° 16.736 de fecha 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 39 de la Ley N° 19.009 de fecha 22 de noviembre de 2012 y por el artículo 422 de la Ley N° 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010, por los artículos 142 a 167 del Decreto 500/991, este último actualizado por el Decreto 255/016 de fecha 15 de agosto de 2016, por la Fiscalía de Gobierno de 2° Turno y la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República y a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Anúlase la Resolución N° 464/2017 del Directorio de la Administración Nacional de Correos, de fecha 19 de octubre de 2017, mediante la cual se le decretó apertura de sumario administrativo a la funcionaria Sra. María Lidia Acevedo.

2

   Comuníquese, notifíquese, y pase a la Administración Nacional de Correos a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
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