OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A.




Promulgación: 31/05/2001
Publicación: 06/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A. a fin 
de que se amplíe el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco 
de Previsión Social para 206 (doscientos seis), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la situación por la que atraviesa la industria 
frigorífica por la aparición de la fiebre aftosa, ha determinado el envío 
a parte del personal al Seguro por Desempleo, el que no puede ser 
reintegrado en la actualidad.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando 
las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho 
personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 206 (doscientos 
seis), trabajadores de la firma FRIGORIFICO INDUSTRIAL PANDO S.A. que se 
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio por desempleo que por esta Resolución se amplía, 
se calculará de conformidad a lo establecido en el artículo 6º del 
Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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