RECONOCIMIENTO DE CARRERA DE NIVEL TERCIARIO NO UNIVERSITARIO. "LICENCIATURA EN GESTION HOTELERA" (PLAN 2016). INSTITUTO URUGUAYO GASTRONOMICO




Promulgación: 27/07/2017
Publicación: 08/08/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de reconocimiento del nivel terciario no universitario de la carrera "Tecnicatura en Gestión Hotelera" presentada por el Instituto Uruguayo Gastronómico, de fecha 21 de setiembre de 2015.

   RESULTANDO: I) que el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada (CCETP), tal cual surge del Dictamen 540 de fecha 8 de noviembre de 2016, entiende que la carrera "Tecnicatura en Gestión Hotelera" (Plan de estudios 2016) alcanza la suficiencia académica para ser reconocida como carrera terciaria no universitaria.

   II) que el CCETP entiende que esta carrera debe ubicarse en el área de conocimiento No. 6: Ciencias de la Administración.

   III) que el título a expedirse será "Técnico en Gestión Hotelera" (Nivel III), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Decreto 104/014.

   CONSIDERANDO: que en consecuencia corresponde reconocer la Carrera "Tecnicatura en Gestión Hotelera" (Plan de estudios 2016), como carrera terciaria no universitaria.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 15.661 de 23 de octubre de 1984, el Decreto 104/014 de 28 de abril de 2014, la Resolución del Poder Ejecutivo 813 de 2 de setiembre de 1997, a los informes de los evaluadores, al dictamen 540 del CCETP y a lo sugerido por la Dirección de Educación.

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
              - en ejercicio de las atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Reconócese el nivel terciario no universitario de la carrera "Tecnicatura en Gestión Hotelera" (plan de estudios 2016) dictado por el Instituto Uruguayo Gastronómico.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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