UNIDAD DE CUIDADOS ESPECIALES NEONATALES Y PEDIATRICOS DEL HOSPITAL EVANGELICO




Promulgación: 29/04/2005
Publicación: 17/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 785
   VISTO: la gestión promovida por el Hospital Evangélico -  Asociación
Mutualista Evangélica del Uruguay por la que solicita autorización para
vender a terceros, servicios de la Unidad de Cuidados Especiales
Neonatales y Pediátricos;

   CONSIDERANDO: I) que tal solicitud se encuentra comprendida en lo
dispuesto por el artículo 14º del Decreto-Ley  Nº 15.181 de 21 de agosto
de 1981;

   II) que la División Servicios de Salud y la Dirección General de la Salud no formulan objeciones al respecto;

   ATENTO: a lo dispuesto en el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones del Poder Ejecutivo, resolución Nº 13/993 de 12 de  enero de 1993, Título XI;

                       LA MINISTRA DE SALUD PUBLICA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 Autorízase al Hospital Evangélico - Asociación Mutualista Evangélica del
Uruguay, a vender a terceros, servicios de la Unidad de Cuidados
Especiales Neonatales y Pediátricos.

2

 Establécese que el Ministerio de Salud Pública se reserva el derecho de
realizar las inspecciones pertinentes, y de verificar las habilitaciones
cuando corresponda.

3

 La referida autorización tiene un plazo de 3 (tres) años.

4

 Comuníquese. Tomen nota la Dirección General de la Salud y la División
Servicios de Salud. Cumplido, archívese.

MARIA JULIA MUÑOZ
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