Visto: la propuesta formulada por el señor Embajador concurrente de la
República en la República de Barbados, por nota Nº 198/96 de fecha
22/11/96, por la cual propone la apertura de una oficina consular en el
mencionado país;
Resultando: que la Dirección General para Asuntos Políticos y la
Dirección General para Asuntos Económicos Internacionales han concordado
con la mencionada propuesta fundamentando la misma en que la proyectada
oficina consular contribuirá a promover la imagen del país, facilitando
las relaciones económicas-comerciales;
Atento: a lo informado por la Dirección General de Secretaría del
Ministerio de Relaciones Exteriores, y habiéndose recibido por parte del
Gobierno de la República de Barbados la conformidad a la anuencia de
estilo establecida en el art. 4º de la Convención de Viena sobre
Relaciones Consulares;
El Presidente de la República
RESUELVE:
Créase el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de
Bridgetown, República de Barbados, con jurisdicción sobre todo el
territorio del mencionado país.