PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FABRICA URUGUAYA DE NEUMATICOS SOCIEDAD ANONIMA (F.U.N.S.A.)




Promulgación: 28/08/1998
Publicación: 04/09/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: La solicitud conjunta efectuada por FABRICA URUGUAYA DE
NEUMATICOS SOCIEDAD ANONIMA (F.U.N.S.A.) y la Unión de Obreros, Empleados
y Supervisores de FUNSA, a fin de que se extienda el beneficio de Seguro
por Desempleo que abona el Banco de Previsión Social a 10 (diez) empleados
de la empresa.

   RESULTANDO: I) Que por razones de reestructura, con el objeto de
mejorar la competitividad, la empresa dispuso el envío al Seguro de
Desempleo a parte de sus trabajadores.

   II) Que dicha medida, provocó un pre-conflicto laboral, cuya solución
se está procesando por parte de los interlocutores representativos de los
sectores sociales.

   CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2 del Artículo 10 del Decreto-Ley 15.180.

   II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, considerándose especialmente, que, de
acuerdo a las resultancias de las negociaciones celebradas, sería
trascendente para las partes involucradas obtener un nuevo y definitivo
plazo, para facilitar que se concluyan otras posibilidades de solución
para los trabajadores.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Artículo
10 del Decreto Ley 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  RESUELVE:

1

   Extiéndase por el plazo de 60 (sesenta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 10 (diez) trabajadores de la firma FABRICA URUGUAYA DE NEUMATICOS SOCIEDAD ANONIMA (F.U.N.S.A.), que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   COMUNIQUESE, publíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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