RECONOCIMIENTO DE CARRERA DE NIVEL UNIVERSITARIO. INGENIERIA DE LOS ALIMENTOS (PLAN 2012). UNVERSIDAD CATOLICA DEL URUGUAY




Promulgación: 25/05/2015
Publicación: 10/06/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La solicitud de reconocimiento de la carrera "Ingeniería de los Alimentos" (Plan 2012) presentada por la Universidad Católica del Uruguay, con fecha 31 de julio de 2013.

   RESULTANDO: I) Con fecha 16 de diciembre de 2014 el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada emite su Dictamen N° 468, en el que establece que "Finalmente, y teniendo en cuenta todos los insumos disponibles, este Consejo entiende que la carrera "Ingeniería de los Alimentos" de la Universidad Católica del Uruguay alcanza la suficiencia académica para ser reconocida como carrera de grado de nivel universitario".

   II) En el referido dictamen se establece que "esta carrera debe ubicarse en el área de conocimiento N° 3: Tecnológica, de acuerdo a lo establecido en el Dictamen 23" y que "El título a expedir será el de Ingeniero/a en Alimentos".

   III) Con fecha 19 de febrero de 2015, la Dirección de Educación, en consonancia con lo expresado por el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, sugiere el reconocimiento de la carrera "Ingeniería de los Alimentos" (Plan 2012) dictada por la Universidad Católica del Uruguay.

   CONSIDERANDO: Se ha cumplido con todos los requisitos dispuestos por la normativa vigente para acceder a lo solicitado.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 15.661 de fecha 23 de octubre de 1984, por el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos, y a la Resolución del Consejo de Ministros N° 813 del 2 de setiembre de 1997,

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   RECONÓCESE la carrera "Ingeniería de los Alimentos - Plan 2012" de la Universidad Católica del Uruguay, mediante la cual se otorgará el título de "Ingeniero/a en Alimentos".

2

   ENCOMIÉNDASE a la Dirección de Educación la certificación de los originales del Plan de Estudios para la institución y para esta Secretaría de Estado.

3

   NOTIFÍQUESE a la Universidad Católica del Uruguay.

4

   COMUNÍQUESE al Área de Educación Superior y al Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada. Cumplido, archívese.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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