APROBACION DE PLIEGO DE CONDICIONES PARA VENTA DE BIENES DE EX COUPAR S.A.




Promulgación: 17/07/1996
Publicación: 31/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 92
  Visto: la ley Nº 13.469 de 27 de enero de 1966.

  Resultando: I) la misma dispuso la expropiación y ocupación de los
bienes que integran el activo patrimonial de la ex "Coupar S.A." y
colaterales previendo asimismo la venta de dichos bienes y su
administración hasta entonces por una Comisión delegada del Poder
Ejecutivo: Comisión Administradora ley 13.469 (Industria Textil)";

II) la ley Nº 14.975 de 14 de diciembre de 1979, al modificar el artículo
4º del texto anteriormente citado, facultó ampliamente al Poder Ejecutivo
para vender dichos bienes.

III) con fecha 15 de noviembre de 1995, se convocó a interesados en la
adquisición del activo fijo de la ex "Coupar S.A.", no habiéndose
presentado oferta alguna.

  Considerando: que habiendo culminado el procedimiento expropiatorio,
es conveniente dar por terminada la gestión estatal y realizar la
venta del activo del conjunto.

  Atento: a lo dispuesto en la ley 13.469 y su modificativa 14.975, lo
establecido por el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración
Financiera (T.O.C.A.F.), y lo informado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Apruébase el pliego de condiciones para la venta de: Los bienes del
activo fijo de la ex "Coupar S.A." y sus colaterales administrados por la
"Comisión Administradora ley 13.469 (Industria Textil)" que en el mismo se
determinan.

2

     Cométese al Ministerio de Industria, Energía y Minería la
realización del llamado en la fecha que lo considere conveniente,
asignándole asimismo la determinación del lugar en el cual los títulos
se encontrarán a disposición de los interesados.

3

     Créase, con el fin de asesorar al Poder Ejecutivo en la
adjudicación, una Comisión integrada por: el Director General de
Secretaría del Ministerio de Industria, Energía y Minería, que la
presidirá, el Director Nacional de Industrias y un delegado de la
"Comisión Administradora ley 13.469 (Industria Textil)".

4

     Comuníquese, publíquese, etc.

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