DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. LOPEZ VAZQUEZ AMADOR




Promulgación: 27/04/2010
Publicación: 10/05/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 804

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 Los bienes que se incorporen con destino al equipamiento por un monto de
U$S 34.130 (dólares americanos treinta y cuatro mil ciento treinta) se
podrán computar como activos exentos a efectos de la liquidación del
Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a partir del ejercicio en
el que se incorporó el bien. A los efectos del cálculo del pasivo
computable, los citados bienes serán considerados activos gravados.
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