Autorízase a la empresa LOPEZ VAZQUEZ AMADOR a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3° inciso f. del Decreto N° 175/003, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado, a las importaciones de bienes destinados
al equipamiento cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto
imponible de U$S 34.130 (dólares americanos treinta y cuatro mil ciento
treinta).