Visto: la solicitud de la firma Manufactura Uruguaya S.A. (M.U.S.A.), a
fin de que se le autorice a importar un equipo al amparo de la resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 12 de noviembre de 1980 por la cual fue
declarada de Interés Nacional.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial entiende que es
procedente la ampliación de la precitada resolución a efectos de incluir
dentro de las exoneraciones otorgadas en la misma, una rama para
terminación de telas, completa con todos sus componentes, accesorios y
repuestos; en atención a que esta inversión adicional representa un 6,4%
de la inversión del activo fijo previsto, situándose la tasa interna de
retorno en un 22,1% y en un 19,4% para la financiera y económica
respectivamente.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo dispuesto por la ley 14.178 del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de noviembre de
1980 - por la cual se declaró de Interés Nacional el proyecto presentado
por la firma Manufactura Uruguaya S.A. (M.U.S.A.) para la ampliación y
modificación de su parque industrial - , en el sentido de incluir dentro
del listado de equipamiento exonerado en el numeral 2º de dicha
resolución, una rama para terminación de telas, completa con todos sus
componentes, accesorios y repuestos, declarada no competitivo de la
industria nacional.