DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. CASA DE SUSANA SOCA Y DE SUS PADRES. MONTEVIDEO




Promulgación: 06/11/2014
Publicación: 24/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 843
   VISTO: La gestión formulada por la Comisión Honoraria de Patrimonio Histórico del Departamento de Canelones a través de su Presidenta, la Profesora Elena Pareja de Carámbula para que se declare Monumento Histórico Nacional la casa ubicada en la calle San José 822-824 de la ciudad de Montevideo, que perteneció al Dr. Francisco Soca y en donde vivió también su hija, la escritora uruguaya Susana Soca Blanco.

   RESULTANDO: I) Que la casa fue construida en 1914 por el Doctor Francisco Soca, nacido en la localidad de Mosquitos, departamento de Canelones. Este pueblo luego cambió su denominación a Soca en homenaje precisamente a la memoria de este médico oriundo del lugar.

   II) Que esta vivienda es un ejemplo singular de "petit hotel particulier" que pervive en el centro de la ciudad de Montevideo. En su fachada de planta baja se destaca un particular tratamiento buñado inspirado en el almohadillado de los palacios florentinos renacentistas. Contiene una gran puerta de acceso al que se le suman a sus costados dos pequeñas puertas laterales que en conjunto le dan un carácter peculiar. En su interior se puede apreciar aún la nobleza de los ambientes diseñados. La construcción se desarrolla en tres plantas que imponen una destacada presencia testimonial en ese tramo de la calle San José.

   CONSIDERANDO: I) Que en esta casa la poeta Susana Soca recibió a la intelectualidad del momento, fue sede de la revista "Entregas de La Licorne", y funcionó como centro cultural de referencia para muchos artistas e intelectuales de mediados del siglo XX. El sitio representa el espacio literario en donde Susana Soca conjugó su rica trayectoria siendo "Entregas de la Licorne" un nexo especial en la post guerra de la II Guerra Mundial, que sirvió a la confluencia y difusión de ideas entre Europa y América en un proceso de ida y vuelta y dentro de una cultura sin fronteras que aspiraba a la universalidad. Debe destacarse el vínculo que la poeta cultivó con la cultura francesa y que encontró en esa casa un sitial de referencia;

   II) Que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación entiende que la propiedad de referencia contiene valores testimoniales arquitectónicos que deben ser preservados y así como debe ser preservada la memoria de la intelectual Susana Soca que desarrolló en ese lugar una activa, prolongada e influyente gestión cultural, acercando pueblos y personalidades dentro de un espíritu humanista y universal, de acuerdo a los cometidos establecidos por la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971, por lo que se entiende adecuado declarar esa propiedad como Monumento Histórico Nacional.

   ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en el art. 181 nal. 8 de la Constitución de la República, en la Ley 14.040 de 20 de octubre de 1971 y su Decreto Reglamentario 536/972 de 1 de agosto de 1972 y Resolución de fecha 1 de junio de 2006.

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   DECLÁRASE monumento historico nacional la casa ubicada en la calle San José 822- 824 de la ciudad de Montevideo, que fuera residencia de la poeta Susana Soca y de sus padres, el Doctor Francisco Soca y Luisa Blanco Acevedo.

2

   EL BIEN queda afectado por las servidumbres previstas en el art. 8 de la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto 536/72.

3

   COMUNÍQUESE al Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Intendencia de Montevideo, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la Direccion del Catastro Nacional.

4

   PUBLÍQUESE en el Diario Oficial.

5

   CUMPLIDO, remítase a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, para su registro y posterior archivo.
   2014-11-0008-0252

   RICARDO EHRLICH
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