En caso de transformarse en sociedad anónima, el aumento de capital de
la empresa PESCAMAR S.R.L. hasta un incremento equivalente a U$S 50.000
estará exonerada del Impuesto de Control creado por el art. 626 de la Ley
Nº 16.170 siempre que el hecho generador del tributo se cumpla antes del
31/12/94.