Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Para la ejecución de cualquiera de los servicios autorizadas en la presente resolución, la Compañía Aérea del Sur S.A. (AEROSUR S.A.) recabará previo a cada operación la anuencia de la Dirección General de Aviación Civil por escrito, mediante nota, telegrama, télex con por lo menos 24 Horas de anticipación al vuelo, incluso para vuelos entre terceros Estados entre sí.