AUTORIZACION PARA COMERCIALIZAR PRODUCTOS DE PESCA. PECOA S.A.




Promulgación: 28/05/2003
Publicación: 03/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: estos antecedentes elevados por la Dirección Nacional de Recursos 
Acuáticos, a los fines que se expresarán;

RESULTANDO:
I) que con fecha 21 de agosto de 2002, la firma PECOA S.A., con domicilio 
en Martínez Trueba Nº 1306 (Montevideo), solicitó el correspondiente 
Permiso para ejercer actividades de Comercialización así como también de 
Industrialización de productos de la pesca, en su planta procesadora sita 
en Coronillas s/n, Balneario Costa Azul, Departamento de Rocha.

II) que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, con fecha, 7 de 
marzo de 2003, expresa que se han dado los extremos previstos 
reglamentariamente para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa 
involucrada cumplir con todas las obligaciones de información, que con 
fines técnicos, estadísticos o de investigación le fueren requeridos por 
el Instituto, en ejercicio de las atribuciones conferidas al mismo por el 
Decreto-Ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975;

CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con los informes favorables 
vertidos en estos obrados, proveer en la forma aconsejada por la 
Dirección Nacional de Recursos Acuáticos;

ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 22 de la Ley Nº 13.833, de 29 de 
diciembre de 1969; Decreto-Ley Nº 14.484, de 18 de diciembre de 1975; 
Decreto Nº 149/997, de 7 de mayo de 1997, Decreto Nº 213/997, de 18 de 
junio de 1997, Decreto Nº 73/999, de 10 de marzo de 1999 y a lo informado 
por la División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, 
Agricultura y Pesca,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Otórgase a favor de la firma PECOA S.A., con domicilio en la calle 
Martínez Trueba Nº 1306 (Montevideo), el correspondiente Permiso para 
ejercer actividades de Comercialización así como también de 
Industrialización de productos de la pesca, en la planta procesadora cita 
en Coronillas s/n del Balneario Costa Azul, Departamento de Rocha, 
quedando la empresa obligada al pago de las tasas por los conceptos 
previstos en la normativa vigente.

2

 La presente autorización queda condicionada a que los productos de la 
pesca a exportar se ajusten a lo que establece el Decreto Nº 213/997, de 
18 de junio de 1997.

3

 El interesado deberá cumplir con todas las obligaciones de información 
que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación, le fueren 
requeridas por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, en ejercicio 
de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley Nº 14.484, de 18 de 
diciembre de 1975.

4

 La presente autorización es sin perjuicio de las habilitaciones 
nacionales o municipales que procedan por derecho, para el ejercicio de 
la actividad en cuestión y sujeta a los contralores pertinentes.

5

 Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la Dirección Nacional de Recursos 
Acuáticos.

BATLLE - GONZALO GONZALEZ


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