Visto: Las necesidades del servicio.
Resultando: que el Gobierno del Reino de los Países Bajos ha otorgado la
necesaria anuencia al indicado propósito de acuerdo a lo que estipula el
artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de
fecha 24 de abril de 1963.
Atento: a lo expuesto, a lo que determinan la Ley Orgánica Consular y su
respectiva Reglamentación y a lo informado por la Dirección de Asuntos
Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores,
El Presidente de la República
RESUELVE: