APROBACION DEL PROYECTO DE ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA AGENCIA URUGUAYA DE COOPERACION INTERNACIONAL Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACION Y LA AGRICULTURA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Acuerdo a celebrarse entre la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI);
RESULTANDO: I) que en el marco del mismo la FAO proporcionará asistencia para la ejecución del proyecto "Producción ganadera climáticamente inteligente y restauración del suelo en pastizales uruguayos";
II) que precitado Acuerdo establece las condiciones bajo las cuales se proporcionará esa asistencia;
III) que el logro de los objetivos será responsabilidad conjunta del gobierno de la República Oriental del Uruguay y de la FAO;
CONSIDERANDO: I) que se considera conveniente y beneficioso la suscripción del precitado Acuerdo;
II) que conforme a lo dispuesto en la cláusula decimoctava del convenio, el mismo entrará en vigor una vez firmado por los representantes debidamente autorizados de ambas partes;
III) que se ha recabado la intervención previa del Tribunal de Cuentas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase el proyecto de Acuerdo a celebrarse entre la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI), cuyo texto luce adjunto y forma parte de la presente resolución (*).
Autorízase al señor Prosecretario de la Presidencia de la República y Presidente del Consejo Directivo de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, Dr Juan Andrés Roballo, a suscribir el referido Convenio.