APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY EN LA CIUDAD DE CADIZ, REINO DE ESPAÑA




Promulgación: 14/11/2019
Publicación: 28/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el informe de fecha 24 de setiembre de 2019, procedente de la Embajada de la República en el Reino de España, por el cual se propone la apertura de una Oficina Consular de la República en la ciudad de Cádiz. Reino de España, con jurisdicción sobre todo el territorio de Cádiz, Ceuta y Melilla; 

   CONSIDERANDO: I) que esta decisión se enmarca en la necesidad de prestar asistencia consular a los compatriotas que visitan la ciudad en tanto destino turístico de relevancia; 

   II) que la apertura de la mencionada Oficina Consular reforzaría aún más las relaciones entre la República y el Reino de España, redundando en un mayor beneficio para nuestro país; 

   ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963, y a lo informado por la Dirección General para Asuntos Políticos y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                RESUELVE:

1

   Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Cádiz, Reino de España, con jurisdicción sobre todo el territorio de Cádiz, Ceuta y Melilla. 

2

   Comuníquese, etc. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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