MODIFICACION DE LA JURISDICCION DEL CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY EN LA CIUDAD DE SEVILLA, REINO DE ESPAÑA




Promulgación: 14/11/2019
Publicación: 28/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el informe de fecha 24 de setiembre de 2019 de la Embajada de la República en el Reino de España, por el cual se propone la modificación de la jurisdicción del Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Sevilla y se propone la apertura del Consulado de Distrito en la ciudad de Cádiz; 

   CONSIDERANDO: I) que esta decisión se enmarca en la necesidad de prestar asistencia consular a los compatriotas que visitan la ciudad en tanto destino turístico de relevancia; 

   II) que la modificación de la jurisdicción del Consulado de Distrito en Sevilla y la apertura del Consulado de Distrito en Cádiz contribuirán a brindar una mayor y más eficiente asistencia a los compatriotas residentes en dichos territorios; 

   ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963, y a lo informado por Embajada de la República en el Reino de España, la Dirección General para Asuntos Políticos y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Modificase la jurisdicción del Consulado de Distrito de la República en Sevilla, Reino de España. 

2

   El Consulado de Distrito de la República en Sevilla a partir de la presente Resolución tendrá jurisdicción sobre todo el territorio de las provincias de Sevilla, Huelva y Badajoz. 

3

   El Consulado de Distrito de la República en Cádiz a partir de la presente Resolución tendrá jurisdicción sobre todo el territorio Cádiz, Ceuta y Melilla. 

4

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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