AUTORIZACION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES. FRECUENCIA AM 1320 KHZ, CW 39"LA VOZ DE PAYSANDÚ". PAYSANDU




Promulgación: 02/06/2021
Publicación: 08/06/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de transferencia del 50% de las cuotas sociales de la sociedad Eduardo Estefanell S.R.L. titular de la emisora "la voz de Paysandú" AM 1320 kHz, CW 39, de la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 798/005 de fecha 23 de junio de 2005 la emisora está integrada por Eduardo José Estefanell Brito y María Magdalena Picasso Veglia, quienes poseen la totalidad del capital accionario a razón de cinco cuotas sociales cada uno;

   II) que con fecha 9 de diciembre de 2019, los interesados solicitaron autorización para realizar el negocio de transferencia parcial de la titularidad de cinco cuotas sociales de María Magdalena Picasso Veglia a Fanny Ruth Kuster Rodríguez;

   III) que "EDUARDO ESTEFANELL S.R.L." quedará integrada por Eduardo José Estefanell Brito y Fanny Ruth Kuster Rodríguez con cinco cuotas sociales cada uno;

   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en el artículo 109 inciso 5 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, corresponde que el Poder Ejecutivo se pronuncie sobre la propuesta de transferencia solicitada;

   II) que analizada la documentación aportada, la parte interesada ha cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado;

   III) que nos encontramos ante una transferencia de titularidad, y por lo tanto, no corresponde informe por parte de la CHASCA;

   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70, 72 y 73 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por los artículos 256, 258, y 259 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, respectivamente y el artículo 74 de la referida Ley N° 17.296, en la redacción dada por el artículo 710 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, el Decreto N° 160/019, de 5 de junio de 2019, el Decreto N° 324/020, de 30 de noviembre de 2020 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la realización del negocio definitivo de transferencia de cinco cuotas sociales pertenecientes a la Sra. María Magdalena Picasso Veglia en la sociedad Eduardo Estefanell S.R.L. titular de la emisora "la voz de Paysandú" AM 1320 kHz, CW 39, de la ciudad de Paysandú, departamento de Paysandú, a favor de la Sra. Fanny Ruth Kuster Rodríguez.

2

   Establécese que conforme al artículo 109 inciso 6° de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, las partes cuentan con un plazo de cuatro meses para acreditar de forma fehaciente ante el Poder Ejecutivo, la realización del negocio definitivo, so pena de caducidad de la autorización conferida.

3

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI
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