AUTORIZACION PARA EL FUNCIONAMIENTO COMO UNIVERSIDAD PRIVADA Y RECONOCIMIENTO DE CARRERAS DE NIVEL UNIVERSITARIO. FUNDACION SAINT CATHERINE'S COLLEGE




Promulgación: 12/08/1998
Publicación: 20/08/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 328
Ver vigencia: Resolución Nº 797/006 de 04/12/2006 numeral 1.
  VISTO: la solicitud de autorización para funcionar como Instituto
Universitario planteada por la Fundación Saint Catherine's College;

  CONSIDERANDO: I) que con fecha 16 de julio de 1997, 10 de diciembre de
1997, 27 de mayo de 1998 y 5 de agosto de 1998 el Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada emitió dictámenes formulando observaciones y
recomendaciones a las propuestas efectuadas, de las que se dio vista al
Saint Catherine's College dentro de los plazos correspondientes;

                II) que en lo que se refiere sus Estatutos: a) la Asesoría
Letrada informó el 16 de diciembre de 1996 que reunía los requisitos
exigidos por el Decreto 308/995; b) fueron reconocidos el 8 de octubre de
1997; c) se están tramitado los ajustes que sugiriera el Consejo
Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada;

                III) que con fecha 5 de agosto de 1998 la Dirección de
Educación informa sobre todo el procedimiento realizado y, compartiendo
los dictámenes del Consejo Consultivo, sugiere otorgar la autorización
para funcionar como Instituto Universitario al Saint Catherine's College,
reconociéndose el nivel universitario a las carreras de Licenciatura en
Formación Docente, en el Area 1 "Humanidades y Artes", Licenciatura en
Marketing y Licenciatura en Ciencias Empresariales, en el Area 6 "Ciencias
de la Administración";

  ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 15.661 de 29 de octubre de
1984 y por el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995;

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE

1

AUTORIZASE a funcionar como Instituto Universitario al Saint Catherine's
College;
Referencias al numeral

2

RECONOCESE el nivel universitario de las siguientes carreras
Licenciatura en Formación Docente, en el Area 1 "Humanidades y Artes",
Licenciatura en Marketing y Licenciatura en Ciencias Empresariales, en el
Area 6 "Ciencias de la Administración", comprendidas en sus planes de
estudios;

3

PASE  a la Dirección de Educación a los efectos dispuestos por el
artículo 1º del Decreto-Ley Nº 15.661 de 29 de octubre de 1984 y los
cometidos establecidos en el artículo 8º del Decreto 308/995 de 11 de
agosto de 1995 y la notificación de la institución gestionante;

4

COMUNIQUESE a los interesados, a la Dirección de Educación, Asesoría
Letrada y Dirección de Justicia del Ministerio de Educación y Cultura.
Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN
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