ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N° 07/19. ADQUISICION DE VACUNAS CONTRA LA FIEBRE AFTOSA




Promulgación: 11/11/2019
Publicación: 19/11/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución Nº 750/020 de 22/07/2020 numeral 1 (modifica parcialmente 
Resultando V), donde dice: "INOVA BIOTECNOLOGIA SAUDE ANIMAL LTDA", debe 
decir:"CEVA VETERINARIA LTDA").
   VISTO: los presentes antecedentes remitidos por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 920/019, de 30 de mayo de 2019, se autorizó el llamado a Licitación Pública Internacional N° 7/19 con el objeto de la: "Adquisición de hasta 18:000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas contra la Fiebre Aftosa, para ser usadas en los períodos de vacunación programados para el año 2020, para la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca";

   II) que el pliego de condiciones fue oportunamente aprobado por el Departamento de Adquisiciones, la Dirección General de Servicios Ganaderos y la División Servicios Jurídicos de la mencionada Secretaría de Estado;

   III) que se efectuaron las comunicaciones y las publicaciones de práctica;

   IV) que con fecha 15 de julio de 2019 se realizó el Acta de Apertura, habiéndose presentado las siguientes oferentes: ALANCIR SOCIEDAD ANÓNIMA; BIOGÉNESIS BAGÓ S.A.; DERABEL SOCIEDAD ANÓNIMA; GUAYAKI URUGUAY S.A.; LABORATORIOS CALIER DE URUGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA; y SINERVIA URUGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA;

   V) que por Acta de fecha 29 de agosto de 2019, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, aconsejó adjudicar las 18.000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas antiaftosa por un monto total de U$S 12.213.500 (dólares americanos doce millones doscientos trece mil quinientos) de acuerdo al siguiente detalle: i) a la empresa GUAYAKI URUGUAY S.A en representación de LAUDA SAP (Oferta N° 4) por la cantidad de 3.000.000 (tres millones) de dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,675 y por un monto total de U$S 2.025.000 (dólares americanos dos millones veinticinco mil) CIP, Montevideo; ii) a la empresa LABORATORIOS CALIER DE URUGUAY S.A. en representación de VECOL S.A. (Oferta N° 5) la cantidad de 3.600.000 (tres millones seiscientos mil) dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,68 y por un monto total de U$S 2.448.000 (dólares americanos dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil) CIP, Montevideo; iii) a la empresa SINERVIA URUGUAY S.A. en representación de LIMOR DE COLOMBIA S.A. (Oferta N° 6) la cantidad de 3.200.000 (tres millones doscientos mil) dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,68 y por un monto total de U$S 2.176.000 (dólares americanos dos millones ciento setenta y seis mil) CIP, Montevideo; iv) a la empresa DERABEL S.A. (Oferta N° 3) la cantidad de 2.350.000 (dos millones trescientos cincuenta mil) dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,70 y por un monto total de U$S 1.645.000 (dólares americanos un millón seiscientos cuarenta y cinco mil) CIP, Montevideo; v) a la empresa BIOGÉNESIS BAGÓ S.A. (Oferta N° 2) la cantidad de 3.250.000 (tres millones doscientos cincuenta mil) dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,67 y por un monto total de U$S 2.177.500 (dólares americanos dos millones ciento setenta y siete mil quinientos) CIP, Montevideo; y vi) a la empresa ALANCIR S.A. en representación de INNOVA BIOTECNOLOGIA SAÚDE ANIMAL LTDA (Oferta N° 1) la cantidad de 2.600.000 (dos millones seiscientos mil) dosis de vacunas antiaftosa por un precio unitario de U$S 0,67 y por un monto total de U$S 1.742.000 (dólares americanos un millón setecientos cuarenta y dos mil) CIP, Montevideo;

   VI) que previo a la adjudicación, la empresa ALANCIR S.A. (Oferta N° 1) deberá presentar la renovación del certificado de registro del establecimiento, presentado con vencimiento al 17 de julio de 2019, obrante a fs. 346 del expediente;

   VII) que en aplicación del artículo 67 del TOCAF, se confirió vista a los oferentes, quienes no presentaron objeciones al procedimiento;

   VIII) que el Tribunal de Cuentas, en sesión de fecha 2 de octubre de 2019, acordó que, una vez dictada la resolución definitiva por el ordenador competente, cometer al Contador Auditor destacado ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca la intervención del gasto total de U$S 12:213.500 CIP Montevideo, discriminado conforme el resultando 3 de su Resolución, previo control de su imputación en el objeto del gasto con disponibilidad suficiente, así como de lo establecido en el Art. 3 de la Ley N° 18.244;

   CONSIDERANDO: que en el presente se ha dado cumplimiento a los requisitos vigentes en materia de Licitaciones Públicas Internacionales, por lo que no existe inconveniente alguno en proveer en la forma sugerida por la Comisión Asesora de Adjudicaciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo previsto por los Arts. 27, 33, 67 y 68 del TOCAF;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Adjudícase la Licitación Pública Internacional N° 07/19, con el objeto de la: "Adquisición de hasta 18:000.000 (dieciocho millones) de dosis de vacunas contra la Fiebre Aftosa, para ser usadas en los períodos de vacunación programados para el año 2020, para la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca" por un monto total de U$S 12.213.500 (dólares americanos doce millones doscientos trece mil quinientos) y de acuerdo al detalle que luce en el "Resultando V" de la presente Resolución.

2

   La erogación resultante se atenderá según la estimación de fondos suficientes y en virtud del procedimiento detallado por el Área Financiero Contable de la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca con fecha 12 de setiembre de 2019 (fs. 539).

3

   Pase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a todos los efectos pertinentes.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ALBERTO CASTELAR
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