AUTORIZACION PARA OPERAR COMO ENTIDAD ASEGURADORA. ARROYO PROGRAMAS MEDICOS DEL URUGUAY




Promulgación: 22/06/1994
Publicación: 05/07/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión promovida por la firma Arroyo-Programas Médicos del
Uruguay;

   Resultando: que el objeto del pedido es la creación de un Seguro
Parcial de Asistencia Médica de Cobertura Total;

   Considerando: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes a efectos de obtener la debida
autorización;

   II) que de acuerdo con lo informado por las Direcciones General de la
Salud, Coordinación y Control, las Divisiones Asuntos Legales y
Asistencia Médica Colectiva y Privada del Ministerio de Salud Pública,
corresponde acceder a lo solicitado;

   Atento: a lo dispuesto en el Decreto Nº 495/989 de 31 de octubre de
1989;

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a la firma Arroyo-Programas Médicos del Uruguay- la
creación de un Seguro Parcial de Asistencia Médica de Cobertura Total,
sito en la calle Juan Benito Blanco 705 de la Ciudad de Montevideo, bajo
la Dirección Técnica del doctor Martín Rubio Mibelli. 

2

   Establécese que previo a la puesta en funcionamiento del Servicio, se
deberá recabar la correspondiente habilitación ante el Ministerio de
Salud Pública.

3

   Comuníquese.

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA
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