LLAMADO PUBLICO A PASANTES PARA DESEMPEÑAR TAREAS EN EL DEPARTAMENTO DE INFORMATICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA




Promulgación: 04/01/2002
Publicación: 22/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 28
VISTO: la necesidad del Departamento de Informática de contar con los 
servicios de dos pasantes en el horario de la tarde;

RESULTANDO: que la División Administración procedió a elaborar las bases 
y condiciones del llamado público en las que se estableció el perfil de 
formación requerido para la función a cumplir;

CONSIDERANDO: I) que se estima pertinente realizar la convocatoria por 
llamado público de conformidad con las normas legales y reglamentarias 
vigentes;

II) que la División Contabilidad y Finanzas informó que existe crédito 
suficiente para atender la erogación respectiva;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 622 y siguientes 
de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, y por el Decreto 344/001 de 28 de agosto de 2001; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Convócase a llamado público para la contratación de dos pasantes para 
desempeñar tareas en el Departamento de Informática de la Presidencia de 
la República, cometiéndose a la División Administración.

2

 Dicha convocatoria se regirá por las siguientes bases y condiciones:
Se llama a estudiantes para la selección de dos pasantes para el área de 
Informática de la Presidencia de la República.
Los postulantes que se presenten serán evaluados en los factores:
1.  conocimiento en temas informáticos;
2.  escolaridad: calificación promedio de su actuación curricular y 
    regularidad en los estudios;
3.  calidad de estudiantes universitarios o del Consejo de Educación
    Técnico Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública
    (ANEP) o del Centro de Capacitación y Producción (CECAP) del
    Ministerio de Educación y Cultura (MEC);
4.  experiencia debidamente justificada en los temas informáticos en los
    que se ponderan los conocimientos.
La incidencia de cada factor será:
Factor 1. Temas informáticos:     50 puntos
1.  Conocimiento en temas informáticos
1.1 Conocimiento de redes TCP/IP (preferentemente Windows 2000 Server o
    NT4 Server)                                                 5 puntos
1.2 Software de Aplicación (instalación, configuración) (Office 2000,
    Office 97)..                                               20 puntos
1.3 Desarrollo: Visual basic preferentemente                    5 puntos
1.4 Hardware: Mantenimiento Básico de Computadores             20 puntos
Factor 2. Escolaridad:     20 puntos
Factor 3. Calidad de estudiantes universitarios o de ANEP o del
CECAP:.                                                        20 puntos
Factor 4. Experiencia:                                         10 puntos
El puntaje mínimo de aprobación será de 70 puntos del total.
Los postulantes deberán acreditar su calidad de estudiante, nivel de 
estudio alcanzado y exámenes rendidos, mediante certificado expedido por 
el Instituto correspondiente, debiendo haber aprobado por lo menos un 
examen en el año 2000.
No podrán postularse estudiantes que ya hayan sido contratados bajo el 
régimen de beca o pasantía en cualquier otro órgano u organismo del 
Estado con anterioridad al presente llamado.
A los seis mejor puntuados, se les realizará una entrevista y una prueba 
práctica.
Cuando más de dos aspirantes obtengan igual puntuación, se procederá a 
sorteo entre los mismos ante Escribano Público en fecha a determinar.
El régimen horario a cumplir será de 14:00 A 20:30 de lunes a viernes, y 
la remuneración nominal mensual será de $ 3.549 (pesos uruguayos tres mil 
quinientos cuarenta y nueve).
El plazo de la pasantía será de doce meses, el contrato será revocable 
por parte del Organismo y renovable por hasta igual plazo siempre que 
subsistan las necesidades del servicio, el rendimiento del pasante sea 
satisfactorio y éste haya aprobado por lo menos una materia en el plazo 
contractual.

3

 Publíquese en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional, y 
en la página WEB del Organismo.

BATLLE


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