AMPLIACION DE LA AUTORIZACION A NOBLEZA NAVIERA S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE JUAN LACAZE




Promulgación: 20/05/2015
Publicación: 29/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de la habilitación a la empresa NOBLEZA NAVIERA S.A., para prestar servicios en el Puerto de Juan Lacaze en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías "Carga General", "Graneles", y "Servicios Varios", y en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre".

   RESULTANDO: I) Que se habilitó a la citada firma, para cumplir servicios portuarios en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos y Nueva Palmira en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías "Carga General", "Graneles" y "Servicios Varios", según Resolución del Poder Ejecutivo N° 1678/992 de fecha 29 de diciembre de 1992.

   II) Que por Resolución del mismo Poder de fecha 3 de octubre de 2005 se amplió la habilitación en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre" en los puertos en los que se encontraba habilitada; y por Resolución del Poder Ejecutivo N° 65/08 de fecha 11 de febrero de 2008 se amplió en las categorías ya habilitadas a los Puertos de Paysandú y Salto.

   III) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y en los Artículos Nos. 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992 "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios".

   IV) Que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para ampliar la habilitación, no formulando observaciones al respecto.

   V) Que dicha Administración, por providencia de trámite de fecha 13 de marzo de 2015 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la ampliación de la habilitación a la referida empresa.

   VI) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo), la Dirección Nacional de Planificación y Logística y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen objeciones técnicas ni jurídicas al respecto.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y por el Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la ampliación de la habilitación otorgada por la Administración Nacional de Puertos a la empresa NOBLEZA NAVIERA S.A., para prestar servicios en el Puerto de Juan Lacaze en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías "Carga General", "Graneles" y "Servicios Varios", y en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre" y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

2

   Comuníquese y vuelva a la referida Administración Nacional, a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VICTOR ROSSI
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