CREACION DE LA COMISION DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DE OBRAS PARA LA CONSTRUCCION DE UN BANCO DE SANGRE. MALDONADO




Promulgación: 08/09/2006
Publicación: 13/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 574
VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la
construcción del Banco de Sangre del Departamento de Maldonado;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones con el cometido de
administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones
Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del artículo 589
de la Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de 1987;

II) que las obras a realizar se encuentran previstas en el Plan de
Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de Estado;

III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, que se encargará
de la Administración y Ejecución de las obras del Banco de Sangre del
Departamento de Maldonado;

IV) que la Doctora Silvana Amoroso en su calidad de Directora del Centro
Departamental de Salud Pública de Maldonado, Doctora Fabiana Danta en su
calidad de Directora del Centro Auxiliar de Salud Pública de Pan de
Azúcar, Doctor Carlos Olivet, Contador Miguel Arón, Señor Luis Polakoff,
Señora Cecilia Padilla y Señor César Pereira, poseen las condiciones
técnicas y el prestigio personal que requiere el cargo a ocupar;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990 y Decreto No. 160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno
No. 51/991);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras para
la construcción del Banco de Sangre del Departamento de Maldonado, que
tendrá como cometido la administración y ejecución de la misma prevista
en el Plan de Inversiones Públicas del Inciso 12 - Ministerio de Salud
Pública -, la que estará integrada por la Doctora SILVANA AMOROSO en su
calidad de Directora del Centro Departamental de Salud Pública de
Maldonado, DOCTORA FABIANA DANTA  en su calidad de Directora del Centro
Auxiliari de Salud Pública de Pan de Azúcar, Doctor CARLOS OLIVET,
Contador MIGUEL ARON, Señor LUIS POLAKOFF, Señora CECILIA PADILLA y Señor
CESAR PEREIRA.

2

 Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de
Salud del Estado.

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ
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