Exonérase en forma total, a la empresa Polímeros Uruguayos S.A. (en
formación), de consignación previa, recargos, incluso el mínimo, impuesto
a las importaciones, tributos de aplicación en ocasión de las mismas,
gastos y tasas consulares, derechos de aduana y adicionales, tasas
portuarias y adicionales y proventos portuarios que recaigan sobre la
importación de los bienes detallados en nota del 7 de marzo de 1975, con
excepción de una (1) caldera y un (1) desaereador correspondientes a los
apartados IX) 2.1.10 y 2.1.11 (Artículo 8º, literales A) y D), ley
14.178).