AMPLIACION DE DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ELINORD S.A.




Promulgación: 26/01/2009
Publicación: 10/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 204
VISTO: la solicitud de la empresa ELINORD S.A., tendiente a que se amplíe
la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de mayo de 2007, por la que
se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;

RESULTANDO: La empresa manifiesta la necesidad de inversiones adicionales
mediante la incorporación de nueva tecnología y equipamiento con la
finalidad de incrementar su producción;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;

II) que la ampliación del proyecto presentada por ELINORD S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del 28
de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 11 de mayo de 2007,
por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de
la empresa ELINORD S.A. en el sentido de incluir:
*  Una (1) máquina termoformadora usada.
*  Un (1) molino Nelmor usado.
*  Una (1) máquina inyectora usada.
*  Un (1) set de repuestos para montacargas.
*  Un (1) compresor de tornillo de 75 HP.
*  Un (1) kit de repuestos para compresor de aire.
*  Un (1) conjunto de repuestos para tormoformadora.
*  Un (1) conjunto de repuestos para molino Nelmor.
*  Un (1) conjunto de repuestos para máquina inyectora.
*  Un (1) conjunto de repuestos para máquina paletizadora.
*  Un (1) conjunto de repuestos para máquinas termotormadoras GN.
*  Tres (3) impresoras Zebra de código de barra S600.
*  Ocho (8) scanners LS400-I100.
*  Cinco (5) kit para scanner LS400.
*  Un (1) PLC Compact L43 Processor.
*  Una (1) fuente para PLC 1768-PA3.
*  Nueve módulos de entrada/salida analógicas y digitales usados.
*  Dos (2) tarjetas Ethernet para PLC L4x.
*  Cuatro (4) paneles View para interface hombre máquina.
*  Setecientos (700) m. cable de datos Device Net.
*  Tres (3) fuentes 220/24 V 10ª.
*  Un (1) set de motores varios.
*  Un (1) set de herramientas varias de taller.
*  Una (1) máquina de soldar electrodos.
*  Una (1) máquina de soldar Wild welter.
*  Una (1) prensa hidráulica.
*  Un (1) estetoscopio electrónico.
*  Un (1) aparejo eléctrico 2 t y 1 T con accesorios.
*  Seis (6) equipos PC completos (CPU, monitor).
*  Seis (6) escritorios.
*  Seis (6) sillas.
*  Un (1) scanner Panasonic.
*  Dos (2) organizadores con compartimientos.
*  Una (1) impresora multifunción.
*  Una (1) impresora RFID.
*  Una (1) máquina de fax.
*  Una (1) impresora de ID.
*  Un (1) DVR sistema de monitoreo visual.
*  Ocho (8) servo motor eléctrico.
*  Ocho (8) drive para servo motor eléctrico.
*  Cuatro (4) controladores de movimiento.
*  Ocho (8) m. cables para Resolver.
*  Cuatro (4) interfaces hombre máquina (HMI).
*  Cuatro (4) juegos de fuentes de alimentación.
*  Cuatro (4) encoder.
*  Cuatro (4) guías lineales.
*  Cuatro (4) kits de perfiles en aluminio.
*  Un (1) conjunto de compresores varios incluyendo: sensores,
   fusibles, fuentes de alimentación DC, interruptores, contadores y
   conectores.
*  Dos (2) motores paso a paso.
*  Una (1) terminal y componentes incluyendo botones y conectores.
*  Cinco (5) Timer Omron con base conectora.
*  Quince (15) termocuplas.
*  Un (1) conjunto de compresores incluyendo, relés de estado sólido y
   conectores dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral
   2º, declarado no competitivo de la industria nacional.

2

 Otórgase a la empresa ELINORD S.A. la exoneración prevista en el art. 1o.
del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984, con la redacción dada
por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta un
monto máximo generador de dicha exoneración, de US$ 65.004, que será
aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/12/07 y el
30/11/09.
En virtud del art 3o. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento de la
ampliación del proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del
ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o.
La empresa ELINORD S.A. tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1o. del presente numeral, hasta el día
30/11/2010.

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 107/010 de 05/02/2010 numerales 1 y 2.

3

 Difiérese, de acuerdo a lo establecido por el literal b del art 2º del
decreto 508/03 de 10 de diciembre de 2003, la imputación de la renta neta
fiscal no exonerada, por un monto equivalente al restante 50% (US$ 74.104)
de la inversión ejecutada y financiada con aporte propio o fondos
generados en operaciones por el proyecto. La renta que se difiere se
imputará en el quinto ejercicio siguiente a aquel en que se compromete la
inversión, según cronograma presentado (1º/12/06 - 30/11/07).

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 107/010 de 05/02/2010 numeral 3.

4

 Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión, correspondientes a la ampliación
objeto de la presente resolución, se podrán computar como activos exentos
a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término
de tres años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los
efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados
activos gravados.

5

 Los beneficios otorgados por esta Resolución sólo podrán utilizarse en la
misma proporción que la que exista entre la inversión ejecutada y la
inversión total comprometida en el proyecto promovido.

6

 Comuníquese a la Comisión de Aplicación, etc.

TABARE VAZQUEZ - GERARDO GADEA - ANDRES MASOLLER  
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