DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO. MONTEVIDEO




Promulgación: 03/10/1989
Publicación: 26/01/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 375
 Visto: la resolución del Poder Ejecutivo 1.397/975 de fecha 21 de agosto
de 1975.

 Resultando: I) Que por el inciso 6) del numeral 1º de dicha resolución se
declara Monumento Histórico la casa quinta de Juan Idiarte Borda Padrón Nº
46.193 Avenida Lezica Nº 5912;

 II) Que se ha constatado que también forma parte de la referida casa
quinta del Padrón Nº 46.192.

 Considerando: I) Que en virtud de ello la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, en su sesión del día 6 de
julio de 1989 resolvió incluir como Monumento Histórico al Padrón Nº
46.192 a fin de subsanar el error padecido en su oportunidad;

 II) Que el Poder Ejecutivo animado del propósito de preservar la
integridad de aquéllos bienes que forman parte del quehacer histórico
artístico cultural y arquitectónico del país estima pertinente acoger la
presente propuesta.

 Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la ley 14.040
de 20 de octubre de 1971 y decreto reglamentario 536/972 de 1º de agosto
de 1972,

 El Presidente de la República,

                                RESUELVE:

1

  Declárase Monumento Histórico la casa quinta de Juan Idiarte Borda sita
en la calle Lezica Nº 5912 Padrón Nº 46.192 de la ciudad de Montevideo,
manteniéndose la vigencia como Monumento Histórico de las edificaciones
existentes en el Padrón Nº 46.193.

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