AUTORIZACION A CALMADON S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTOS DE MONTEVIDEO, FRAY BENTOS, NUEVA PALMIRA Y PAYSANDU. RESOLUCION ANP N° 869/4.015




Promulgación: 11/06/2020
Publicación: 22/06/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la empresa CALMADON S.A. ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la ampliación de la habilitación correspondiente para la prestación de servicios portuarios;

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de diciembre de 2011, la referida empresa fue habilitada para la prestación de servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías: "Empresas Estibadoras de Carga General", "Empresas Estibadoras de Graneles", "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y en el Grupo "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre" en los Puertos de Montevideo, Nueva Palmira, Fray Bentos y Paysandú;

   II) que en esta oportunidad la citada empresa, solicita la ampliación de la habilitación para el Grupo "Al Buque" en la categoría: "Reparaciones Navales" en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira y Paysandú;

   III) que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los artículos 14 y 18 del "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios", aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992;

   IV) que la Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por la interesada en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la habilitación, no formulando observaciones al respecto;

   V) que dicha Administración Nacional por Resolución de su Directorio N° 869/4.015 de fecha 27 de diciembre de 2019 autorizó, supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo, la ampliación de la habilitación referida precedentemente;

   VI) que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la habilitación peticionada, por lo que procede dictar resolución aprobando la gestión referida;

   CONSIDERANDO: los informes precedentes;

   ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 18 del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, así como en los artículos 9 y 16 de la Reglamentación de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución N° 869/4.015 de fecha 27 de diciembre de 2019 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual se autoriza la habilitación a la empresa CALMADON S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al Buque" en la categoría: "Reparaciones Navales" en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos, Nueva Palmira y Paysandú y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos, para notificar al interesado y demás efectos.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER
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