Visto: la precedente gestión formulada por el Instituto Nacional de Pesca
(I.NA.PE.), a los fines que se indicarán.
Resultando: el señor Luis Bonanno Vila presentó ante el mencionado
Instituto un proyecto de inversión para la construcción, en el país, de un
buque pesquero de 11 metros de eslora y una capacidad de bodega de
aproximadamente 15 metros cúbicos.
Considerando: si bien la construcción de este tipo de embarcación no se
ajusta a las normas vigentes del prototipo del buque exigido por el
Instituto Nacional de Pesca, dentro de los lineamientos de la política
pesquera nacional trazada, se considera conveniente fomentar la industria
naval nacional, contribuyendo a sustituir la flota costera obsoleta por
unidades de construcción reciente, lo que determinaría la conveniencia de
proceder a su aprobación.
Atento: a lo establecido en la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969,
ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975, decreto 711/971, de 28 de octubre
de 1971 y decreto 767/973, de 13 de setiembre de 1973 y la opinión
favorable del Instituto Nacional de Pesca sobre el particular,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase el proyecto de inversión presentado ante el Instituto Nacional
de Pesca por el señor Luis Bonanno Vila, para la construcción, en el país,
de un buque pesquero de 11 metros de eslora y una capacidad de bodega de
aproximadamente 15 metros cúbicos.
Declárase comprendido a dicho proyecto en los beneficios y demás
facilitadas contenidas en la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969 y
demás disposiciones vigentes en la materia.