DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. FABRIL EXPORTADORA S.A. (FABEX)




Promulgación: 08/08/1991
Publicación: 01/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 131

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    Otórgase a la firma FABRIL EXPORTADORA S.A. (FABEX) la exoneración
prevista en el artículo 1 del decreto ley 15.548 con la redacción dada
por el artículo 419 de la ley 15.903, hasta un monto máximo generador de
dicha exoneración, de U$S 84.200 que será aplicable a los ejercicios
fiscales comprendidos entre el: 1º/10/90 - 30/9/92.

    En virtud del artículo 3 del decreto ley 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de Canalización del Ahorro
previsto en el decreto ley 14.178, artículo 9.

    La empresa FABRIL EXPORTADORA S.A. (FABEX) tendrá un plazo máximo para
realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el
día 30/9/93.
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