APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. VILNA. REPUBLICA DE LITUANIA




Promulgación: 29/10/2014
Publicación: 07/11/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 820
VISTO: que es de interés para la República contar con una Oficina Consular
en Vilna, República de Lituania;

RESULTANDO: que la existencia de la misma habrá de contribuir al apoyo de
los ciudadanos uruguayos que se encuentren en su jurisdicción, así como al
afianzamiento de las relaciones comerciales, culturales y turísticas entre
ambos países;

CONSIDERANDO: I) que el gobierno de la República de Lituania ha brindado
la anuencia correspondiente para la apertura de un Consulado de Distrito
en dicha ciudad, conforme lo prevé el artículo 4° de la Convención de
Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963;

II) que se entiende necesario clausurar el Consulado de Distrito de la
República en la ciudad de Siauliai, República de Lituania, el cual se
encuentra vacante;

ATENTO: a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares del
Ministerio de Relaciones Exteriores;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Establécese el Consulado de Distrito de la República en Vilna, República
de Lituania, con jurisdicción sobre todo el territorio de la República.

2

 Dispónse la clausura del Consulado de Distrito de la República en la
ciudad de Siauliai, República de Lituania.

3

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO
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