DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. URUPANEL SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 23/06/2004
Publicación: 29/06/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1520

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 Otórgase a la firma URUPANEL S.A. la exoneración prevista en el art. 1º. 
del Decreto Ley No. 15.548 del 17 de mayo de 1984, con la redacción dada 
por el art. 419 de la Ley No. 15.903 del 10 de noviembre de 1987, hasta 
un monto máximo generador de dicha exoneración de US$ 17.104.250, que 
será aplicable de la siguiente manera: US$ 5.420.750 a los ejercicios 
fiscales comprendidos entre el 1º/01/2005 y el 31/12/2007; US$ 2.444.500 
a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 1º/01/2007 y el 
31/12/2009; US$ 9.239.000 a los ejercicios fiscales comprendidos entre el 
1º/01/2012 y el 31/12/2014; condicionado cada tramo a que se realice el 
total de la inversión según cronograma previsto.
En virtud del art. 3º. del Decreto Ley No. 15.548, el financiamiento del 
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro 
previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9º.
La empresa URUPANEL S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las 
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el 
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital 
integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día 
31/12/2012. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 5.
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