FONDO NACIONAL DE RECURSOS. INSTITUTOS DE MEDICINA ALTAMENTE ESPECIALIZADA. ARANCELES DE LOS ACTOS MEDICOS




Promulgación: 02/07/1997
Publicación: 14/07/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 51
  Visto: el Artículo 9º de Decreto 358/993 de 5 de agosto de 1993;
 Resultando: I) que dicha norma dispone que el Ministerio de Economía y
Finanzas convendrá con los Institutos de Medicina Altamente Especializada
los precios de la asistencia prestada y si no hubiere acuerdo, se estará a
lo que determine el Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con los
Ministerios de Salud Pública y de Economía y Finanzas;

  Considerando: I) que las distintas características de los Institutos de
Medicina Altamente Especializada prestadores de un mismo acto médico, no
han posibilitado un acuerdo general sobre cada uno aranceles;

  II) que por lo expuesto, corresponde determinar el precio de los actos
médicos realizados por los Institutos de Medicina Altamente Especializada
cubiertos financieramente por el Fondo Nacional de Recursos;

  Atento: a lo informado por la Asesoría Económico Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por el Artículo 9º del
Decreto 358/993 de 5 de agosto de 1993;


  El Presidente de la República


                              RESUELVE:

1

  Los aranceles de los actos médicos prestados por los Institutos de
Medicina Altamente Especializada, cubiertos financieramente por el Fondo
Nacional de Recursos, vigentes a partir del 1º de agosto de 1997 serán los
siguientes:
ACTO                                          ARANCEL
Diálisis Común                                $  1.303
Diálisis con Bicarbonato                      $  1.407
Prótesis de Cadera con Sala Blanca            $ 30.948
Prótesis de Rodilla                           $ 36.777
Marcapasos                                    $  5.988
Hemodinamia Adultos                           $  9.237
Angioplastia                                  $ 49.490
Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria,
Niños (Honorarios y Materiales)               $ 32.589
Diálisis Peritoneal Continua Ambulatoria,
Adultos (Honorarios y Materiales)             $ 25.421
Cirugía Cardíaca Infantil Con Extracorpórea  $ 199.832
Cirugía Cardíaca Infantil Sin Extracorpórea $ 192.425
Cirugía Cardíaca Adultos Con Extracorpórea  $ 161.823
Cirugía Cardíaca Adultos Sin Extracorpórea  $ 129.458
Litotricia Extracorpórea                    $  19.650
Litotricia Percutanea Nivel A               $  22.507
Litotricia Percutanea Nivel B               $  23.472
Transplante de Médula Osea Autólogo         $ 574.379.
 (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 708/997 de 30/07/1997 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 587/997 de 02/07/1997 numeral 1.

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