CREACION DE LA COMISION PARA ORGANIZAR LA SEGUNDA CONFERENCIA DE LA CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE CAMBIO CLIMATICO




Promulgación: 24/05/1995
Publicación: 05/06/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático, suscrita durante la celebración de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro,
junio de 1992);

 Resultando: I) que durante el funcionamiento del Comité
Intergubernamental de Negociación (CIN), para una Convención sobre el
Cambio Climático que fuera oportunamente creado por la Asamblea General de
las Naciones Unidas, Uruguay participó activamente en las reuniones de
dicho órgano y en todo el proceso de negociación generado en el referido
ámbito;
II) que por Ley Nº 16.517 de 22 de julio de 1994, nuestra República
aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático, la que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994; III) que
durante las reuniones del CIN, el Gobierno de la República ofreció, entre
otros, ser Sede de la 2a. Conferencia de las Partes en la referida
Convención;
IV) que en la Primera Conferencia de las Partes, realizada en Berlín
(Alemania), entre el 28 de marzo y el 7 de abril de 1995, Uruguay ratificó
el mencionado ofrecimiento, lo que fuera aceptado por la unanimidad de
las Partes;
V) que asimismo, la citada Conferencia decidió que su próxima Reunión
se celebre en el mes de octubre de 1996, en lugar a determinarse entre
Montevideo y Punta del Este;

Considerando: I) que representa un honor para el Gobierno y los
ciudadanos de nuestro país, el que se haya elegido a Uruguay como sede
de un encuentro mundial de tanta trascendencia en el concierto de las
naciones, por los asuntos a tratar y resolver en materia de los gases de
efecto invernadero;
II) que significa también un destacable logro en el desarrollo de la
imagen y el prestigio de nuestra República, que tanto los representantes
de los gobiernos en la Primera Conferencia de las Partes, como de las
instituciones nacionales e internacionales, gubernamentales y no
gubernamentales, que se ocupan del problema del Cambio Climático, de
sus impactos y de las medidas de respuestas, hayan prestado su apoyo
unánime a la propuesta de realizar su próxima reunión en nuestro país;
III) que por su magnitud e importancia, las tareas de organización de la
Segunda Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, comprenden actuaciones de
diversas Secretarías de Estado, Gobiernos Departamentales e instituciones
públicas que deben estar perfectamente coordinadas en beneficio del éxito
de la gestión;
IV) la necesidad de contar con un instrumento de gestión operativo capaz
de desarrollar en forma eficiente lo concerniente a la preparación y
realización de una conferencia mundial tan trascendente;

 Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley
16.112 de 30 de mayo de 1990,
                      El Presidente de la República
                               RESUELVE:

1

Créase una Comisión con el cometido de organizar la Segunda Conferencia de
las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático, a desarrollarse en nuestro país, con sede a determinar entre
Montevideo y Punta del Este, en el mes de octubre de 1996. 

2

Dicha Comisión actuará en la órbita del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y estará integrada por el
Ministro de la referida Secretaría de Estado Sr. Juan Antonio Chiruchi,
quien la presidirá, actuando como alterno el Subsecretario, Dr. Juan A.
Gabito Zóboli; el Dr. Nahum Bergstein, en representación de la Presidencia
de la República; el Subsecretario del Interior, Dr. Washington Bado, el
Subsecretario de Relaciones Exteriores, Embajador Carlos Pérez del
Castillo; el Subsecretario de Economía y Finanzas, Cr. Juan Moreira; el
Subsecretario de Defensa Nacional, Dr. Juan Luis Storace; el Subsecretario
de Industria, Energía y Minería, Dr. Julio Herrera; el Subsecretario de
Turismo, Dr. Ernesto Rodríguez Altez; un representante de la Intendencia
Municipal de Montevideo; un representante de la Intendencia Municipal de
Maldonado; el Director Nacional de Medio Ambiente, Lic. Carlos Serrentino
y el Lic. Rafael Carrau, en representación de dicha Dirección Nacional. 

3

     Comuníquese, etc. 


SANGUINETTI - JUAN CHIRUCHI - DIDIER OPERTTI - CARLOS PEREZ DEL CASTILLO -
LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA - FEDERICO SLINGER - BENITO STERN
Ayuda