Autorízase a la empresa BRESOLIR S.A. a usufructuar la exoneración del
50% de todos los tributos que graven las importaciones de los bienes de
activo fijo destinados al equipamiento, por un monto imponible de hasta UI
2:059.257, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º inciso g. del
Decreto Nº 175/003.