VISTO: la solicitud de la empresa BADER INTERNATIONAL (SUCURSAL URUGUAY),
tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
15/09/99, por la que se declaró de Interés Nacional la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta que surgieron necesidades de
inversiones adicionales una vez instaladas las máquinas previstas en el
proyecto original.
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentada por BADER INTERNATIONAL
(SUCURSAL URUGUAY) da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No.
16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15/09/99, por la que
se declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión de
la empresa BADER INTERNATIONAL (SUCURSAL URUGUAY) en el sentido de
incluir:
* Una (1) prensa de planchado y estampado de alimentación contínua
* Una (1) mesa corrediza doble
* Un (1) mini-flexómetro
* Una (1) máquina biseladora estándar usada
* Una (1) máquina de estampar usada
* Una (1) máquina de testeo de material
* Un (1) Taber Abraser, (equipo de testeo para abrasivos)
* Una (1) Crockmeter AATCC, (equipo de testeo de fijación de colores)
* Una (1) cámara horizontal de llama
* Un (1) horno de circulación de aire
* Un (1) espectofotómetro portátil
* Tres (3) rodillos de estampar
* Un (1) fieltro
* Un (1) micro-gloss 60º (equipo de medición)
* Dos (2) tablas de cortar
* Un (1) congelador
* Una (1) cinta medidora de cueros
* Una (1) máquina troqueladora de superficie amplia electro hidráulica
usada
* Una (1) máquina cortadora a rodillo
* Un (1) tester de inalterabilidad de fricción
* Una (1) máquina de revestimiento de rodillo
* Dos (2) intemperismo, inalterabilidad liviana, (máquina para evaluar
pérdida de color) usados
* Un (1) equipo de testeo
* Un (1) flexómetro usado
* Una (1) máquina troqueladora hidráulica de aceite, usada
* Una (1) criba en espiral
* Un (1) pie rociador
* Dos (2) equipos de transporte
* Tres (3) barras de descarga doble fila
* Un (1) equipo Foggingtest, (equipo de testeo para humedad)
* Un (1) tanque de presión
* Cuatro (4) bombas sub acuáticas
* Una (1) prensa de mesa
* Un (1) medidor de humedad
* Ocho (8) medidores de espesor
* Veinte (20) contadores de piezas
* Un (1) móvil de balanza de plataforma usado
* Una (1) aspiradora en seco y humedad
* Una (1) estantería de acero con conexión eléctrica para apoyar
contenedores de 1000 lts. pintura
* Dos (2) agitadores neumáticos
* Dos (2) equipos de medición de PH
* Dos (2) equipos de testeo de Soxleth
* Un (1) horno de circulación de aire
* Un (1) calefactor único Multiheat
* Treinta (30) cuchillas recortadoras de cuero
* Tres (3) termómetros en marco de madera
* Una (1) mesa de corte
* Dos (2) secadores de pelo
* Tres (3) mesas de control de cuero
* Dos (2) bombas aggregat
* Un (1) equipo de transporte hidráulico
* Cinco (5) equipos de transporte (carros con balanza)
* Diez (10) Agrigator eléctrico (batidora para pintura - revolvedores para
tanque)
* Una (1) unidad de control
* Un (1) transmisor de nivel
* Cuatro (4) contenedores móviles
* Una (1) máquina de dividir, completa, con accesorios, usada
* Dieciséis (16) cuchillas
* Dos (2) medidores de caudal
* Dos (2) controladores de caudal
* Dos (2) repuestos para Rotograin, (2 rodillos para prensado)
* Un (1) termómetro para laboratorio
* Accesorios para máquina de pintar, integrados por:
* Tres (3) piezas de tela filtrante para laboratorio
* Cuarenta y ocho (48) rollos de hilo de Perlón de 2 mm.
* Cien (100) tubos de vidrio
* Diez (10) punteros para máquina de pintar
* Diez (10) agujas para máquina de pintar
* Un (1) secadero de marcos para pieles
* Cuatro (4) fulones de batanar
* Una (1) máquina vibratoria de ablandar
* Una (1) máquina para poner cuchillas automáticas
* Un (1) equipo de luces para simulación de luz natural
* Ocho (8) tablas de repuestos para máquina troqueladora
* Una (1) máquina compactadora de viruta del cuero dentro
del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º., declarado no
competitivo de la industria nacional.
Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión, correspondientes a la ampliación
objeto de la presente resolución, se podrán computar como activos exentos
a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el
término de cinco años a partir del ejercicio de su incorporación
inclusive. A los efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes
serán considerados activos gravados.