ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL N° 18/016. SONDA URUGUAYA S.A.




Promulgación: 26/06/2017
Publicación: 05/07/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: El procedimiento de Licitación Pública Internacional N° 18/2016, cuyo objeto es "el arrendamiento (con opción a compra al vencimiento del plazo) de un sistema de videovigilancia para distintas zonas de la ciudad de Montevideo, Departamento de Canelones y Ciudad del Plata (Departamento de San José), en Modalidad Llave en Mano", de acuerdo a las ubicaciones estratégicas de los dispositivos de visualización y especificaciones establecidas en el Documento Término de Referencia.

   RESULTANDO: I. Que se ha cumplido con todos los aspectos formales requeridos por las normas vigentes para la celebración de este tipo de procedimientos. En tal sentido, conviene señalar en particular, la amplia difusión del mismo, cumpliendo así con la publicidad y transparencia con la que debe actuar la Administración.

   II. Que por resolución de fecha 30 de diciembre de 2016 se designó una Comisión Técnica Asesora, para dictaminar en el presente procedimiento, integrada por el Dr. Carlos Martínez, Dra. Adriana Bertone, Mag. Cra. Shirley De Armas, Cra. Daniela Suárez, Ing. Federico Laca, Com. Mayor (PT)(CP) Pablo Duarte y Comisario Mauricio Barcellos.

   III. Que con fecha 7 de marzo de 2017 se procedió en acto público, a la apertura de ofertas, presentándose a la misma, las siguientes firmas: a) "CONSORCIO en formación ARNALDO C. CASTRO S.A- EXANET S.A"; b) DANAIDE S.A; c) ELBIT SECURITY SYSTEMS LTDA; d) Consorcio en formación "CONSORCIO GENPER S.A- STILER S.A-XN"; e) SEGURITECH PRIVADA S.A; f) SONDA URUGUAY S.A.

   IV. Que en informe de fecha 19 de abril de 2017 la Comisión Asesora designada, en análisis de los sobres denominados "Antecedentes Administrativos" y "Oferta Técnica", procedió a descalificar por aspectos formales a las empresas: a) "CONSORCIO en formación ARNALDO C. CASTRO S.A- EXANET S.A", en virtud de que Exanet S.A no cumplió con el requisito de admisibilidad establecido en el Artículo 1 Nota 3 del Pliego de Condiciones Particulares, de conformidad con el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 de mayo de 2013, contando con un 20% de participación en la propuesta; b) DANAIDE S.A, en virtud de que presentó su oferta técnica y económica conjuntamente, contrariando lo establecido en el artículo 10 del Pliego Particular de Condiciones; c) ELBIT SECURITY SYSTEMS LTDA, en virtud de que presenta las notas de sus estados contables contradiciendo lo establecido en el Artículo 4 Nota 1 del Pliego de Condiciones Particulares y no presenta los estados contables en moneda nacional, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 Documento AA VI Antecedentes financieros del oferente, último inciso; d) SEGURITECH PRIVADA SA: no podrá ser considerada en virtud de que no presentó el Certificado del BSE exigido en el Artículo 5 Documento AA IV del Pliego de Condiciones Particulares, habiéndose otorgado un plazo de 2 días hábiles para subsanar este defecto. La empresa adjuntó el mencionado certificado con fecha de emisión posterior a la fecha de apertura. No se realizaron observaciones a las ofertas técnicas de las empresas "Consorcio en formación CONSORCIO GENPER S.A- STILER S.A-XN" y SONDA URUGUAY S.A.

   V. Que cumplida con la etapa antes referenciada y en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 inciso 4 del Pliego de Condiciones Particulares, con fecha 20 de abril de 2017, se procedió a la apertura de los sobres denominados "Oferta Económica", de las empresas que superaron la misma: Consorcio en formación "CONSORCIO GENPER S.A- STILER S.A-XN" y SONDA URUGUAY S.A.

   VI. Que con fecha 21 de abril de 2017, la Comisión Asesora aconseja adjudicar por mejor puntaje final a la firma SONDA URUGUAY S.A (la cual obtuvo 96 puntos), siendo secundada por el oferente de Consorcio en formación "CONSORCIO GENPER S.A- STILER S.A-XN" (85,34 puntos).

   VII. Que puesto de manifiesto el expediente en la forma prevista por el Artículo 67 del Decreto 150/012 (TOCAF), compareció: SEGURITECH PRIVADA SA, expresando en síntesis que : a) Que la empresa, cumple con el requisito formal por el que es descalificada (no acreditación de certificado expedido por el BSE de acuerdo a lo requerido en el artículo 5 Documento AA IV del Pliego de Condiciones Particulares), adjuntando al escrito presentado, con el requisito de presentación de certificado de BSE, exigido en el Pliego de Condiciones Particulares, en donde el BSE, certifica que al 3 de marzo de 2017, la empresa no registraba personal dependiente. b) que sin perjuicio de ello, la empresa ya había cumplido con dicho requisito a través de las eventuales subcontratistas, de acuerdo al Anexo LXII de fecha 22 de febrero de 2017. c) Respecto del procedimiento, manifiesta que el Ministerio debía: "i) conferir vista a los oferentes del informe técnico de la Comisión; ii) esperar el plazo del art. 67 del TOCAF para que los oferentes efectúen descargos; iii) la Comisión analizar los descargos presentados por los oferentes en caso de existir éstos; iv) emitir la Comisión nuevo informe fundado respecto de los descargos presentados; y  v) proceder a la apertura de los sobres de la oferta económica y dar vista de la misma."

   VIII. Que reunida la Comisión Asesora para el análisis de la petición presentada por la empresa SEGURITECH PRIVADA S.A, se expide en dictamen de fecha 3 de mayo de 2017, ratificando la sugerencia de adjudicación efectuada en dictamen de fecha 21 de abril de 2017.

   CONSIDERANDO: I. Que se ha cumplido en un todo con lo previsto en la normativa nacional vigente y por lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales y Particulares, habiendo bregado por la transparencia y orientados siempre en el cumplimiento de la finalidad del procedimiento licitatorio.

   II. Que se comparte en un todo, los fundamentos expresados por la Comisión Asesora en cuanto a la admisibilidad o no de las distintas propuestas presentadas, así como también los fundamentos expresados en informe de fecha 3 de mayo de 2017, en respuesta a la petición de SEGURITECH PRIVADA S.A

   III. Que por lo expresado precedentemente, se resuelve NO HA LUGAR a la petición formulada, compartiendo en un todo los fundamentos expresados por la Comisión Asesora en informe de fecha 3 de mayo de 2017, a fojas 11.306 a 11.307 vuelto.

   ATENTO: A los fundamentos expuestos y a las disposiciones previstas en el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012 (TOCAF);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

1

   ADJUDÍCASE al oferente SONDA URUGUAY S.A, con R.U.T. 21 2724490015 la Licitación Pública Internacional 18/2016 el objeto del presente llamado, el que comprende: Ingeniería de Sistema; Suministro; Instalación; Configuración de equipamiento; Software necesario para la captura, transporte y resguardo de imágenes activas urbanas; Equipamiento y puesta en marcha del Centro de Monitoreo; Servicios de Mantenimiento y Actualización tecnológica de la solución, a un precio total por 5 años de $ 576.630.880,00 (pesos uruguayos quinientos setenta y seis millones seiscientos treinta mil ochocientos ochenta con 00/00) IVA incluido, más ajustes paramétricos semestrales establecidos en el Anexo XV Enmienda 1, de fecha 29 de diciembre de 2016, del Pliego de Condiciones Particulares, compuesto de la siguiente forma: por Indice Medio de Salarios en un 40%y por la evolución del dolar americano en un 60%.

2

   El monto total de la erogación se afectará con cargo al Inciso 04, U.E 001, Programa 460, Proyecto 0.0.0, Objeto del gasto 2.5.3. Financiación 1.1., ejecutándose en el período de 5 años de acuerdo al artículo 22 del Pliego de Condiciones Particulares.

3

   Se hace constar que existe disponibilidad para afrontar el gasto.

4

   NO HA LUGAR a la petición formulada, compartiendo en un todo los fundamentos expresados por la Comisión Asesora en informe de fecha 3 de mayo de 2017, a fojas 11306 a 11307 vuelto.

5

   REMÍTASE a intervención del Tribunal de Cuentas de la República, notifíquese a los oferentes, cumplido, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI
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