INSTITUTO UNIVERSITARIO DE POSTGRADO EN PSICOANALISIS. AUTORIZACION DE REVALIDAS DE LOS TITULOS DE MAESTRIA Y MASTER EN PSICOANALISIS




Promulgación: 11/08/2006
Publicación: 23/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 284
VISTO: I) La solicitud de autorización de reválidas de los títulos de
Maestría en Psicoanálisis formulada por el Instituto Universitario de
Postgrado en Psicoanálisis de la Asociación Psicoanalítica del Uruguay
(APU).

II) Que la presente solicitud refiere a los títulos correspondientes a
los planes 72, 94 y a los títulos obtenidos por las generaciones que
cursaron los planes anteriores al 72, en la mencionada Institución.

RESULTANDO: I) Que con fecha 16 de agosto de 2005, el Consejo Consultivo
de Enseñanza Terciaria Privada emitió el Dictamen N° 191 en el que
sugiere la autorización de las reválidas de los títulos correspondientes
a los estudios cursados según los planes denominados 72 y 94, por el
título actual de Master en Psicoanálisis.

II) Que con fecha 14 de febrero de 2006, el Consejo antes mencionado,
emitió el Dictamen N° 202, en el que se recomienda autorizar la reválida
de los títulos correspondientes a los estudios cursados por las
generaciones anteriores al denominado Plan 72 por el actual título de
Master en Psicoanálisis.

III) Que con fecha 6 de julio de 2006, la Dirección de Educación, en
consonancia con lo expresado por el Consejo Consultivo de Enseñanza
Terciaria Privada en los dictámenes antes mencionados, sugiere las
reválidas solicitadas.

CONSIDERANDO: Se ha cumplido con todos los requisitos dispuestos por la
normativa vigente para acceder a lo solicitado.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
15.661 de fecha 23 de octubre de 1984, por el Decreto 308/995 del 11 de
agosto de 1995 y sus modificativos, y a la Resolución del Consejo de
Ministros N° 813 del 2 de setiembre de 1997,

               EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA EN EJERCICIO
                          DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

                                RESUELVE:

1

 AUTORIZANSE las reválidas de los títulos correspondientes a los estudios
cursados según los Planes denominados 72 y 94, y los correspondientes a
los estudios cursados por las generaciones anteriores al denominado Plan
72 de la Maestría en Psicoanálisis de la Asociación Psicoanalítica del
Uruguay, por el título actual de Master en Psicoanálisis reconocido según
Resolución de fecha 17 de julio de 2003; solicitadas por el Instituto
Universitario de Postgrado en Psicoanálisis de la Asociación
Psicoanalítica del Uruguay (APU).

2

 COMUNIQUESE a la institución gestionante, a la Dirección de Educación, a
la Secretaría Técnica - Departamento Notarial- y al Consejo Consultivo de
Enseñanza Terciaria Privada. Cumplido, archívese.

JORGE BROVETTO
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