SUBSIDIOS A LA INDUSTRIA TEXTIL




Promulgación: 11/08/2008
Publicación: 18/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 422
Referencias a toda la norma
VISTO: el apoyo a la industria textil dispuesto por el artículo 309 de la
Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007 y el Decreto 522/007, de 27 de
diciembre de 2007.

CONSIDERANDO: que en el referido Decreto encomienda al Ministerio de
Economía y Finanzas la reglamentación de las condiciones para el acceso a
los beneficios de financiamiento no reembolsable de los proyectos que
presenten las empresas que fabrican hilados, tejidos de punto y tejidos
planos.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 A efectos de acceder al beneficio establecido en el artículo 5º del
Decreto Nº 522/007, de 27 de diciembre de 2007 las empresas que cumplan
los requisitos establecidos en el artículo 1º de la referida norma deberán
presentar:

a) descripción detallada de las acciones y/o inversiones que lo
   componen,
b) justificación comercial y estratégica, explicitando los beneficios
   esperados,
c) estimación precisa de los gastos y/o inversiones que se incluyen,
d) discriminación entre los gastos ya efectuados y los que se
   proyectan, adjuntando el cronograma de aplicación de estos últimos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - DANIEL MARTINEZ
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