VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
(Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica) por
la cual solicita se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional
295/006 de 30 de agosto de 2006.
RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa
Lucía de Lisa Taxi Aéreo, a operar servicios de transporte aéreo público
no regular nacional e internacional de pasajeros y carga, en la modalidad
de taxi aéreo entre el territorio nacional y puntos de las Repúblicas
Argentina, Federativa de Brasil y del Paraguay.
CONSIDERANDO: I) que la empresa ha dado cumplimiento con lo preceptuado
por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977, habiéndose dado las
circunstancias que ameritan la presente autorización.
II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo 15
bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Comisión Nacional de
Política Aeronáutica y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 295/006 de 30 de agosto de 2006, dictada al
amparo del artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1997, por
la cual se autorizó a la empresa Lucía de Lisa Taxi Aéreo, a operar
servicios de transporte aéreo público no regular nacional e internacional
de pasajeros y carga, en la modalidad de taxi aéreo entre el territorio
nacional y puntos de las Repúblicas Argentina, Federativa de Brasil y
Paraguay. (*)