CREACION DE GRUPO DE TRABAJO. ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES E INDUSTRIALES




Promulgación: 27/08/1986
Publicación: 17/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 303
Referencias a toda la norma

2

     El  Grupo se integrará con  un representante titular y un delegado
alterno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; un representante
titular y un delegado alterno del Instituto Nacional de Pesca (INAPE),
un representante  titular y  un delegado alterno de Industria Lobera y
Pesquera del  Estado (ILPE)  y  con  un  representante  titular  y  un
delegado alterno del Banco de la República Oriental del Uruguay.
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