VISTO: la solicitud de la firma LEVADURA URUGUAYA S.A., que se dedica a
la producción de levaduras y productos en polvo para panificación y
repostería, tendiente a obtener, al amparo del Decreto Ley Nº 14.178 de
Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la declaración de Interés
Nacional para la actividad que se propone realizar según su proyecto de
inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo la
modernización de la planta de producción de levaduras y el
redimensionamiento y actualización de la planta de producción de productos
en polvo para panificación y repostería;
II) la Dirección Nacional de Industrias resolvió propiciar
la declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por LEVADURA URUGUAYA S.A. y propone medidas
promocionales;
CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma LEVADURA URUGUAYA
S.A., es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra en los
lineamientos del Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974;
ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Dirección Nacional de
Industrias y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción
Industrial del 28 de marzo de 1974;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por LEVADURA URUGUAYA S.A., que tiene como finalidad la
modernización de la planta de producción de levaduras y el
redimensionamiento y actualización de la planta de producción de productos
en polvo para panificación y repostería.