AUTORIZACION A ANTEL, A PRESTAR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES FUERA DE FRONTERA




Promulgación: 09/02/2015
Publicación: 19/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: que la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) solicita autorización del Poder Ejecutivo para prestar servicios de telecomunicaciones fuera de frontera, a través del establecimiento de empresas de su propiedad en la República Federativa de Brasil y en la República Argentina, al amparo de lo establecido en la Ley N° 16.828 de 9 de mayo de 1997.

   RESULTANDO: I) que la Ley en cuestión, en su único artículo, faculta a dicha Administración a prestar servicios de telecomunicaciones fuera de fronteras previa autorización del Poder Ejecutivo;

   II) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL), informa que desde el punto de vista jurídico ANTEL se encuentra habilitada a desarrollar la actividad para la cual solicita autorización, siendo competencia del Poder Ejecutivo considerar la conveniencia o no de acceder a lo peticionado.

   CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería informa, que no existen obstáculos jurídicos que impidan acceder a lo solicitado.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 16.828 de 9 de mayo de 1997.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), a prestar servicios de telecomunicaciones fuera de frontera, a través del establecimiento de empresas de su propiedad en la República Federativa de Brasil y en la República Argentina, al amparo de lo establecido en la Ley N° 16.828 de 9 de mayo de 1997.

2

   Comuníquese, etc.

   JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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