El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Contrato de Préstamo N° 3706/0C-UR, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (R.O.U.) y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del Programa de Apoyo al Sistema Nacional Integrado de Cuidados.
RESULTANDO: I) que el monto total del financiamiento asciende a la suma de U$S 50:000.000 (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), que será amortizado en un plazo de veinticinco (25) años, con hasta cinco años y seis meses de gracia y con una tasa de interés variable.
II) que dicho préstamo fue formalmente aprobado por el Directorio Ejecutivo del B.I.D. en sesión de fecha 20 de julio de 2016 (Resolución DE-39/16).
III) que el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) será el organismo ejecutor del referido Programa; y el Instituto Nacional de la Niñez y Adolescencia (INAU) será el organismo co-ejecutor del mismo.
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Contrato de Préstamo negociado, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (R.O.U.) y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), el que será suscrito, en representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Sub Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay (R.O.U.) y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), por un monto total de U$S 50:000.000 (cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), destinado a contribuir a la financiación y ejecución del Programa de Apoyo al Sistema Nacional Integrado de Cuidados, cuyo texto constituye parte integrante de la presente Resolución. (*)
El referido contrato será oportunamente otorgado y suscrito, en nombre y representación del país, por el Señor Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Danilo Astori o por el Señor Sub Secretario de Economía y Finanzas, Cr. Pablo Ferreri, indistintamente.
Desígnase, indistintamente, a los Dres. Ricardo Pérez Blanco, Marcos Álvarez Rego, Fernando Scelza y Gonzalo Muñiz Marton, para que expidan por la República los dictámenes jurídicos correspondientes.