FIJACION DE LA TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS. JUNIO 2017




Promulgación: 01/06/2017
Publicación: 12/06/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley 14.755 de 5 de enero de 1978.

   RESULTANDO: que por Resolución M-211/16 de 17 de noviembre de 2016, fijó el monto actualizado de la referida Tasa por Legalización de Documentos en $ 146 (pesos uruguayos ciento cuarenta y seis).

   CONSIDERANDO: I) que por el artículo 332 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990, se facultó al Poder Ejecutivo a actualizar dicho monto según la variación del Índice General de Precios al Consumo. 

   II) que corresponde proceder a la actualización señalada en el Visto, en base al cálculo efectuado por el Departamento Financiero Contable de la Dirección General de Secretaría de ésta Secretaría de Estado.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto-Ley 14.755 de 5 de enero de 1978; el artículo 332 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990; la Resolución del Poder Ejecutivo 446/003 de 24 de marzo de 2003 y la Resolución del Poder Ejecutivo 966/991 de 4 de diciembre de 1991 que permite delegar atribuciones.

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                - en ejercicio de atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Fíjase en la suma de $ 152 (pesos uruguayos ciento cincuenta y dos) el monto de la Tasa por Legalización de Documentos creada por el artículo 21 del Decreto-Ley 14.755, de 5 de enero de 1978, que regirá a partir de la aprobación de la presente Resolución.

2

   Cométese al Departamento Financiero Contable la actualización cuatrimestral del importe de la Tasa por Legalización de Documentos.

3

   Comuníquese a la Dirección General de Secretaría, a la Dirección de Educación y a la División Jurídico Notarial.

4

   Pase al Departamento Financiero Contable, a todos los efectos que correspondan.

5

   Cumplido, archívese.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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