Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondiente al ejercicio 1993, presentados por el
Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería" el cual solicita
ampliación de un proyecto en el plan de Inversiones Públicas de dicho
ejercicio.
Resultando: I) que el referido proyecto se financiará con recursos
extrapresupuestales y se halla incluído en el preventivo presentado,
II) que el proyecto de inversión cuya ampliación se solicita es el Nº
711 "Ampliación e Implementación de nuevos Servicios" en un monto de $
10.737,76 (pesos uruguayos diez mil setecientos treinta y siete con
76/100) en la financiación 1.3 (Rentas Generales).
Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por los artículos 45
del Decreto Ley 14.416 de 28 de agosto de 1975 y 89 de la Ley 15.809 de 8
de abril de 1986; con la redacción dada por los artículos 45 y 47 de la
Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo establecido por la resolución
del Poder Ejecutivo Nº 13/993 de 12 de enero de 1993.
El Ministro de Economía y Finanzas, en ejercicio de las atribuciones
delegadas,
RESUELVE:
1
Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas del ejercicio 1993, el
proyecto de inversión siguiente, en un monto total de $10.737,76 (pesos
uruguayos diez mil setecientos treinta y siete con 76/100), a financiarse
con recursos extrapresupuestales:
INC PROG UNIDAD EJECUTORA MONTO
08 003 D. Nal. Metrología Legal
PROYECTO
Ampliación implementación de
nuevos servicios (711) 10:737,76